La libertad religiosa.

Uno de los puntos debatidos fue el de la libertad religiosa. El presbítero Pedro Zenteno se opuso a ella y uno de sus defensores más brillantes fue otro sacerdote, Lavaysse, junto con Gorostiaga y Gutiérrez. 


Luego se continuo con la discusión en particular del articulado del proyecto desde el 21 de abril y se dio término a la misma en once sesiones, siendo uno de los puntos debatidos fue el de la libertad religiosa. El presbítero Pedro Zenteno se opuso a ella y uno de sus defensores más brillantes fue otro sacerdote, Lavaysse, junto con Gorostiaga y Gutiérrez. 

Lavaysse dijo que la Constitución no podía intervenir en las conciencias sino sólo en el culto exterior; que la religión como creencia no necesitaba de más protección que la de Dios para recorrer el mundo; que la libertad de cultos era un precepto de caridad evangélica; que como diputado debía promover fuentes de prosperidad para la nación y que la inmigración de extranjeros, aunque practicasen cultos diversos, era una de las principales; que, como sacerdote, predicaría después el evangelio y la verdad de su religión con calor y conciencia. Lavaysse murió a comienzos de 1854 mientras realizaba una gira por las provincias del norte en compañía de Marcos Paz con fines de pacificación.

Intervino en el debate también Juan Francisco Seguí, que apoyó al padre Lavaysse y rebatió al padre Zenteno, quien había sostenido que la libertad de cultos era contraria al derecho natural. 

Dijo que "no podía concebir cómo se llamase opuesto al derecho natural, lo que el preopinante (Zenteno) hacía depender de un permiso del Papa. Que debía distinguirse entre el dogma y el culto; que con respecto al primero, era incontestable la competencia exclusiva de la Iglesia. Que con respecto al culto, habían admitido su libertad las naciones más civilizadas del mundo, lo que hubiera sido imposible si hubiese en ello infracción del derecho natural. Que no admitía las distinciones entre el derecho y el poder, hablando moralmente, porque eran una misma cosa, porque la fuerza o potencia física no producía derecho, por lo que la conveniencia era, a su juicio, la única cuestión. Que en Buenos Aires no había habido fusión de religiones, y que la tolerancia de los cultos que allí se habían establecido, no había causado una sola defección de católicos. Que era indispensable la tolerancia para el progreso del país por la inmigración virtuosa que traería a nuestro suelo. Y que no debía temerse, sin hacer injuria a nuestra santa religión, la competencia que se le ofrecería con las demás sectas disidentes; además, sería una ocasión favorable para que los sacerdotes católicos ejercitasen su celo en la predicación evangélica, obteniendo para el catolicismo los mismos triunfos que éste obtiene en otras partes del mundo, aprovechando, además, del ejemplo que pudieran recibir de los ministros protestantes para la mejora de su moral y costumbres"

Que en esa virtud, votaría por el artículo tal cual estaba redactado, porque la Constitución garantiza a aquéllos su conciencia y su culto.

Se hizo una concesión a los opositores: entre las calidades requeridas para ser presidente de la República figuraba la de pertenecer a la comunión católica apostólica romana.