El Tratado de Utrecht, también conocido como Paz de Utrecht o Tratado de Utrecht-Rastatt, es, en realidad, un conjunto de tratados firmados por los estados antagonistas en la Guerra de Sucesión Española entre los años 1713 y 1715 en la ciudad neerlandesa de Utrecht y en la alemana de Rastatt. Los tratados ponen fin a la guerra, aunque posteriormente a su firma continuaron las hostilidades en territorio español hasta julio de 1715, momento en que el marqués de Asfeld tomó la Ciudad de Mallorca. En este tratado Europa cambió su mapa político.
La reina Ana convocó a las partes en conflicto en la ciudad holandesa de Utrecht para firmar la paz que pusiera fin a la Guerra de Sucesión Española. Las sesiones se iniciaron el 29 de enero de 1712 y enseguida se hizo evidente, como comunicó el embajador imperial desde La Haya, «la grande unión y armonía que hay en Utrecht entre los ministros de Inglaterra y Francia» y otro representante informaba de la determinación de los británicos en concluir «la mala paz que nos anuncian».
La muerte en febrero de 1712 del heredero al trono de Francia, el duque de Borgoña, y al mes siguiente del hijo de éste, el duque de Bretaña, convertía a Felipe V en el sucesor de Luis XIV, y aumentó la necesidad de que éste renunciara a sus derechos a la Corona de Francia o a la de España para que el acuerdo entre Luis XIV y la reina Ana pudiera ir adelante. Al parecer Luis XIV hubiera preferido que su nieto renunciara a la Corona de España y se convirtiera en el nuevo delfín de Francia -e incluso en este propósito recibió el apoyo de la esposa de Felipe V, María Luisa Gabriela de Saboya, y los británicos estaban dispuestos a aceptarlo a cambio de que fuera el duque de Saboya el que ocupara el trono de España y las Indias, menos sus estados patrimoniales de Saboya y Piamonte, más el reino de Sicilia, que pasarían al nuevo delfín-, pero Felipe V en abril de 1711 comunicó que prefería seguir siendo rey de España, agradecido por la fidelidad que le habían mostrado sus súbditos de la Corona de Castilla, por lo que renunciaba a sus derechos al trono de Francia. Así el acuerdo secreto franco-británico pudo seguir su curso.
Para la Monarquía de España la paz de Utrecht supuso, como han señalado muchos historiadores, la conclusión política de la hegemonía que había ostentado en Europa desde principios del siglo XVI, siendo el gran beneficiario de este conjunto de tratados fue Gran Bretaña que, además de sus ganancias territoriales, obtuvo cuantiosas ventajas económicas que le permitieron romper el monopolio comercial de España con sus territorios americanos.
El 11 de abril de 1713 se firmaba en Utrecht el primer tratado entre el reino de Francia, el reino de Gran Bretaña, el reino de Prusia, el reino de Portugal, el ducado de Saboya y las Provincias Unidas. En el mismo los representantes de Luis XIV, a cambio del reconocimiento de Felipe V como rey de España, tuvieron que ceder a Gran Bretaña extensos territorios en la futura Canadá (Saint Kitts, Nueva Escocia, Terranova y territorios de la Bahía de Hudson),
Tres meses después los representantes de Felipe V —que habían permanecido retenidos en París casi un año (entre mayo de 1712 y marzo de 1713) por orden del marqués de Torcy para que no interfirieran en las negociaciones, aunque con la excusa de que necesitaban un pasaporte para ir a Utrecht—16 se incorporaban al acuerdo con la firma el 13 de julio del tratado entre el reino de Gran Bretaña y el reino de España.17 Los embajadores de Felipe V, el duque de Osuna y el marqués de Monteleón, llevaban instrucciones muy precisas de su rey como que mantuvieran el reino de Nápoles para su Corona o que «nación ninguna ha de traficar derechamente en las Indias ni ha de llegar a sus puertos y costas» y en caso de concederles ventajas las naves serán españolas y deberán partir y retornar a puertos españoles.
A pesar de que recibió el Ducado de Milán, el reino de Nápoles, la isla de Cerdeña (intercambiada por el reino de Sicilia en 1718) y los Países Bajos españoles,20 Carlos VIno renunció a sus aspiraciones a la Corona española —por lo que no reconoció a Felipe V como rey de España ni al duque de Saboya como rey de Sicilia— y se negó a firmar la paz en Utrecht, aunque los holandeses —sus últimos aliados— sí lo habían hecho.
Además, las tropas austriacas se comprometen a evacuar las zonas del Principado de Cataluña, lo que realizan a partir del 30 de junio de 1713. Ante lo cual, la Junta General de Brazos (Brazo Eclesiástico, Brazo Militar y Brazo Real o Popular) acuerda la resistencia. A partir de este momento empezó una guerra desigual, que se prolongó durante casi catorce meses, concentrada en Barcelona, Cardona y Castellciutat, al margen de los cuerpos de fusileros dispersos por el país.
El punto de inflexión será cuando las tropas felipistas rompan el sitio de Barcelona el 11 de septiembre de 1714. Mallorca, Ibiza y Formentera cayeron diez meses más tarde: el 11 de julio de 1715.
El comercio de negros tuvo varias alternativas: primero se hizo por concesiones dadas por la corona a particulares mediante contratos o convenios; luego se hizo por los llamados asientos y finalmente hubo libertad de tráfico.
España entró a comienzos del siglo XVIII en el negocio de la compra de esclavos negros y para ese efecto firmó un tratado con Inglaterra por treinta años de duración; Inglaterra estaba autorizada a introducir en las Indias Occidentales, por los puertos a elegir, 4.800 negros por año; la concesión por consiguiente alcanzaba a 144.000 piezas; en caso de guerra quedaba en suspenso el tratado. En compensación por el Asiento, la South Sea. Company, encargada de la ejecución del tratado, adelantó a la corona española 200.000 ducados. En la formación del capital de la Compañía entraba el rey de España con un 25% y el de Inglaterra con otro tanto; el resto era capital privado.
Para Inglaterra, después del tratado del Asiento, vino la cuestión del comercio de mercaderías y exigió que se le permitiese el envío de un barco anual de 500 toneladas
de productos; España accedió mientras estuviese en vigor el Asiento, a condición de que los asentistas no practicasen el comercio prohibido. Pero ese convenio no estaba España dispuesta a cumplirlo, pues el tratado se refería única¬mente a la península.
En cambio, se cumplió el tratado del Asiento, lo cual dio vida a la población colonial, pues se convirtió en riqueza efectiva, una riqueza potencial como la de los cueros y el sebo.
Se concedió a los ingleses un lugar cerca del puerto para depósito de los negros y en 1725 se les autorizó a llevar al interior los esclavos que no hubiesen vendido en Buenos Aires; con ese transporte al interior de negros en carretas se realizó también un importante contrabando de mercaderías inglesas.
Inglaterra disfrutó del Asiento desde 1715 a 1739, salvo las breves interrupciones ocasionadas por los estados de guerra entre las partes firmantes.
El comercio de importación y exportación hecho al abrigo del Asiento redundó en prosperidad para el Río de la Plata. Disminuyó entretanto el contrabando y la introducción de los negros esclavos dio mano de obra para numerosas actividades manuales. Pero con el cuero y el sebo, los ingleses también llevaban oro y plata amonedados.
Como índice de la importancia de las operaciones se dispone de los siguientes datos: en setiembre de 1715, el Asiento adquiere 45.000 cueros; en 1718, 40.000; en 1724, 60.000, etc. Fue a cambio de cueros y sebo como los pobladores pudieron adquirir negros y otras mercaderías.
La mercadería inglesa no podía ser eliminada porque España. no producía ni en calidad ni en cantidad como para abastecer a sus colonias; además, los comerciantes españoles, la burocracia subalterna y hasta las autoridades superiores hallaban ventajas materiales en el comercio, abierto o clandestino, con los navíos británicos y otros.
Entró en el Río de la Plata, y especialmente en Buenos Aires, con los esclavos africanos, un elemento de trabajo que hacía falta, ya que el indio, nómade, no podía ser asimilado.
El gran beneficiario de este conjunto de tratados fue Gran Bretaña que, además de sus ganancias territoriales, obtuvo cuantiosas ventajas económicas que le permitieron romper el monopolio comercial de España con sus territorios americanos. Por encima de todo, había contenido las ambiciones territoriales y dinásticas de Luis XIV, y Francia sufrió graves dificultades económicas causadas por los grandes costes de la contienda.
El equilibrio de poder terrestre en Europa quedó, pues, asegurado, mientras que en el mar, Gran Bretaña empieza a amenazar el control español en el Mediterráneo occidental con Menorca y Gibraltar. Como ha señalado Joaquim Albareda, "en último término, la paz de Utrecht hizo posible que el Reino Unido asumiera el papel de árbitro europeo manteniendo un equilibrio territorial basado en the balance of power de Europa y su hegemonía marítima".
Para la Monarquía de España la paz de Utrecht supuso, como han señalado muchos historiadores, la conclusión política de la hegemonía que había ostentado en Europa desde principios del siglo XVI