Menem anunció su propósito de hacer aprobar una ley que declarara la necesidad de convocar a una convención constituyente que modificara la Constitución Nacional y permitiera su reelección, se planteó un conflicto interpretativo respecto del artículo 30 de dicha Constitución. Menem sostenía —al igual que lo había hecho Perón en 1949— que la mayoría de dos tercios de los miembros del Congreso requerida para ello debía calcularse sobre los que estuvieran presentes en la sesión, en tanto la oposición sostenía —tal como lo había hecho la Unión Cívica Radical en 1949— que se necesitaban dos tercios del número de representantes que integraba cada Cámara de diputados.
El punto era crucial porque los partidarios de la reforma no alcanzaban la mayoría necesaria si se aplicaba esta última interpretación.Cuando Menem anunció su propósito de hacer aprobar una ley que declarara la necesidad de convocar a una convención constituyente que modificara la Constitución Nacional y permitiera su reelección, se planteó un conflicto interpretativo respecto del artículo 30 de dicha Constitución. Menem sostenía —al igual que lo había hecho Perón en 1949— que la mayoría de dos tercios de los miembros del Congreso requerida para ello debía calcularse sobre los que estuvieran presentes en la sesión, en tanto la oposición sostenía —tal como lo había hecho la Unión Cívica Radical en 1949— que se necesitaban dos tercios del número de representantes que integraba cada Cámara. El punto era crucial porque los partidarios de la reforma no alcanzaban la mayoría necesaria si se aplicaba esta última interpretación.
El diputado conservador Francisco de Durañona y Vedia, de la UCeDe, partido aliado en ese entonces del presidente Menem, presentó un proyecto de ley reglamentando el artículo 30 de la Constitución entonces vigente, referido al procedimiento para reformar el texto constitucional, estableciendo que las dos terceras partes de los miembros del Congreso requeridos para declarar la necesidad de la reforma, hacía referencia a los dos tercios de los legisladores presentes en el recinto, y no del total de sus miembros. El proyecto tenía como fin resolver la disputa histórica sobre la interpretación del artículo 30, que había dividido a peronistas y antiperonistas en ocasión de la reforma constitucional de 1949.
Con el fin de consolidar el proceso reformista y presionar a los opositores al mismo, el 22 de octubre de 1993 el presidente Menem sancionó el Decreto 2181/93 convocando a una consulta popular no vinculante para que la ciudadanía se expresase respecto a la reforma constitucional que debería realizarse el 21 de noviembre, aunque finalmente no se llevó a cabo. Las encuestas indicaban que una amplia mayoría apoyaría la reforma.
Menem presionó con utilizar la interpretación que lo favorecía e incluso convocó a un plebiscito no vinculante para que la ciudadanía opinara sobre la reforma, pero finalmente entró en negociaciones con el líder de la oposición radical, el expresidente Raúl Alfonsín, quien aceptó que se convocara a una Convención para la reforma de la Constitución Nacional que incluyera, además del tema de la reelección, otras cláusulas que le interesaban, tales como la elección de un tercer senador por la minoría, el establecimiento de la figura del Jefe de Gabinete y la incorporación a la Constitución de diversos convenios internacionales, entre otros puntos, todo lo cual configuró el llamado Pacto de Olivos.
En ese momento la UCR no logró establecer una posición unificada. Mientras Alfonsín y de la Rúa se oponían a la reforma constitucional, Eduardo Angeloz —gobernador de Córdoba y excandidato presidencial en 1989— sostenía la abstención, mientras que los gobernadores Carlos Maestro y Horacio Massaccesi, se habían pronunciado a favor de realizar plebiscitos para reformar la Constitución en sus respectivas provincias
En un contexto de indefinición partidaria y riesgo inminente de fractura del radicalismo, por un lado, y de quiebre institucional, por el otro, el expresidente Alfonsín tomó la decisión de buscar un acuerdo con el presidente Carlos Menem.
Años después Alfonsín diría al respecto:
Yo me había expedido en contra de la reforma impulsada por Menem para 1994… Lo que me llevó a cambiar de criterio es que ya salía una ley presentada por Francisco de Durañona y Vedia, Álvaro Alsogaray y otros, que establecía que para declarar la modificación de la Constitución bastaban los dos tercios de los miembros presentes de las cámaras del Congreso, como fue en 1949, bajo el gobierno de Perón. Yo tenía dos gobernadores radicales que estaban de acuerdo con ese proyecto de Menem. Y otro gobernador nuestro que dijo que no iba a luchar contra eso. De modo que con una consulta que hice al presidente del bloque, Raúl Baglini (me parece que lo narró bien en el libro), llegué a la conclusión de que, además se iba a ir a un plebiscito, que nos mataba. Eso era lo que más le importaba a Baglini, que decía que no íbamos a poder resistir.
Raúl Alfonsín
Las primeras reuniones entre Menem y Alfonsín se realizaron en casa del excanciller Dante Caputo, ubicada a pocos metros de la residencia presidencial de Olivos. En aquellas conversaciones se llegó al acuerdo entre peronistas y radicales denominado "Núcleo de Coincidencias Básicas", sobre el contenido que debería tener la reforma constitucional.
El «Núcleo de Coincidencias Básicas» fue aprobado luego por la Convención Nacional de la UCR y por el Congreso del PJ, en incluido en la Ley 24 309 sancionada pocos días después, declarando la necesidad de la reforma constitucional.
Al radicalismo le interesaba limitar la reelección del presidente, introducir el balotaje para la elección presidencial, crear un régimen de autonomía similar a una provincia para la Ciudad de Buenos Aires, agregar un senador para el principal partido opositor y atenuar el presidencialismo, entre otras reformas. El peronismo por su parte estaba interesado en abrir la posibilidad de un nuevo mandato para el presidente Menem, establecer un sistema electoral en una sola vuelta o con un balotaje atenuado y fortalecer el poder de las provincias. Ambos partidos coincidían en la necesidad de incluir normas de defensa de la democracia, ampliar el campo de los derechos humanos y modernizar el texto constitucional.
La reforma de la Constitución de la Nación Argentina de 1994 fue una importante modificación de la carta magna argentina, que introdujo nuevos derechos e instituciones y confirió al texto constitucional una legitimidad que estaba cuestionada.130 Entre otros cambios, introdujo los derechos de tercera y cuarta generación, normas para la defensa de la democracia y la constitucionalidad, las características de los órganos de gobierno, y nuevos órganos de control. La Convención Constituyente se celebró en las ciudades de Santa Fe (sede tradicional de las convenciones constituyentes) y de Paraná (primera capital de la Confederación) y el juramento de la misma por las principales autoridades nacionales y los convencionales tuvo lugar el 24 de agosto de 1994 en el Palacio San José en la provincia de Entre Ríos.
Menem y Cavallo luego del pacto de Olivos
Pacto de Olivos es el nombre con el que se conoce en Argentina al acuerdo firmado entre la Unión Cívica Radical representada por el expresidente Raúl Alfonsín y el Partido Justicialista representado por el presidente Carlos Menem en 1994, en el que los dos principales partidos argentinos se comprometían a impulsar una reforma constitucional y votar en la asamblea constituyente a favor de un "Núcleo de Coincidencias Básicas" establecidas en el acuerdo. El Pacto fue el antecedente directo de la reforma de la Constitución Argentina de 1994.
Reforma Constitucional de 1994
La reforma de la Constitución de la Nación Argentina de 1994 fue una importante modificación de la carta magna argentina, que introdujo nuevos derechos e instituciones y confirió al texto constitucional una legitimidad que estaba cuestionada. Entre otros cambios, introdujo los derechos de tercera y cuarta generación, normas para la defensa de la democracia y la constitucionalidad, las características de los órganos de gobierno, y nuevos órganos de control. La Convención Constituyente se celebró en las ciudades de Santa Fe (sede tradicional de las convenciones constituyentes) y de Paraná (primera capital de la Confederación) y el juramento de la misma por las principales autoridades nacionales y los convencionales tuvo lugar el 24 de agosto de 1994 en el Palacio San José en la provincia de Entre Ríos.
Composición de la Convención de la Reforma de la Constitución de 1994
El 10 de abril de 1994 se llevaron a cabo las elecciones de convencionales constituyentes, fue necesario elegir 305 representantes. En la oportunidad, votó el 77.52% del padrón (16.778.983). El PJ resultó ganador con 35,50% (6.072.335) y obtuvo 137 bancas. Por su parte, la UCR alcanzó un 19,74% (3.114.166) y logró 74 lugares. La tercera fuerza fue el Frente Grande, quien obtuvo 31 lugares producto de 2.082.622 votos.
Cristina Fernandez de Kirchner
En 1994 los futuros presidentes Cristina Fernandez de Kirchner y Nestor Kirchner , participaron por primera vez juntos de una elección, en este caso para convencionales constituyentes, que ganaron. Ambos fueron entonces convencionales constituyentes y participaron de la reforma constitucional del 94. Desde lo político se identificaban con el peronismo renovador, cuya cabeza a nivel nacional era Antonio Cafiero. Este sector del partido estaba enfrentado al gobierno menemista, cuyo bloque no acordó en el Congreso el proyecto de ley presentado por Néstor Kirchner sobre zonas francas para la Patagonia