La Doctrina Drago

En aquellos años casi todos los países americanos eran deudores de Europa, y la República de Venezuela que acababa de salir de una guerra civil en la que las compañías extranjeras habían participado activamente a favor de alguno de los bandos, ganando con ello cuantiosas fortunas, se halló ante una grave crisis financiera y su Presidente, suspendió por Ley el pago de la deuda externa. Inmediatamente, Inglaterra, Alemania e Italia, que eran los países, a los que pertenecían los acreedores afectados, organizaron una flota combinada y bombardearon los puertos venezolanos de La Guayra y Maracaibo, destruyendo las naves ancladas allí. Además bloquearon el puerto Cabello, tomaron por asalto la Aduana y se incautaron de todos los bienes que encontraron. Grandes potencias europeas entablaron, a nombre de pretendidos súbditos, reclamaciones diplomáticas y en Buenos Aires la agitación fue intensa.

En 1902 Inglaterra, Alemania e Italia intervinieron militarmente  en Venezuela, invocando para ello el atraso en los servicios de la deuda de aquel país contraída para la ejecución de algunas obras públicas.

Agravando esta difícil situación, ante los múltiples reclamos de intervención en favor del país agredido, el gobierno de los Estados Unidos de Norteamérica, pese a la vigencia de la Doctrina Monroe (América para los Americanos), adoptó una actitud complaciente, elaborando lo que hoy se llama el “Corolario Roosevelt” (por el presidente de entonces), que reconocía como legítimo el uso de la fuerza ante lo que denominaba inconducta del país agredido, al no abonar deudas contraídas exteriormente, poniendo como único límite, que no debían producirse anexiones territoriales.

La Doctrina Drago fue anunciada en 1902 por el ministro de Relaciones Exteriores argentino, Luis María Drago, en respuesta a la renuncia de los Estados Unidos a ejecutar la Doctrina Monroe durante el bloqueo naval contra Venezuela. Establece esta doctrina jurídica que ningún Estado extranjero puede utilizar la fuerza contra una nación americana con la finalidad de cobrar una deuda financiera.

El gobierno argentino estimó que el procedimiento era peligroso y que no debía permanecer indiferente, dándose además la circunstancia de que la intervención se prolongaba con bloqueos y bombardeos de puertos, hundimiento de barcos venezolanos y otras medidas de violencia.

bloqueo de puertos de Venezuela de 1902

El 9 de diciembre de 1902, 15 unidades de la armada inglesa y alemana actuando en operación conjunta atacaron el puerto de La Guaira. Desembarcaron tropas en los muelles, de los cuales se apoderaron; a las 12 de la noche fuerzas alemanas atravesaron la ciudad para conducir sus representantes diplomáticos a bordo de la flota y así ponerlos a salvo de una eventual represalia del gobierno venezolano. A las 5:00 a.m. del día 10 los ingleses harían lo mismo, trasladando además a varios connacionales que exigían protección.

Después de consultar al Brasil y Chile para una mediación de los tres países y no haber llegado a un resultado positivo, después de conferenciar con el presidente Roca y de tener la opinión francamente favorable de Mitre, el ministro Drago envió el 29 de diciembre de 1902 una comunicación al ministro argentino en Washington, García Merou, para que la entregase al gobierno de Estados Unidos. 

Se decía en ella: 

"Lo único que la República Argentina sostiene y lo que vería con gran satisfacción consagrado con motivo de los sucesos de Venezuela ... es el principio ya aceptado de que no puede haber expansión territorial europea en América, ni opresión de los pueblos de este continente, porque una desgraciada situación financiera pudiese llevar a algunos de ellos a diferir el cumplimiento de sus compromisos; en una palabra, el principio que quisiera ver reconocido es el de que la deuda pública no puede dar lugar a la intervención armada ni menos a la ocupación material del suelo de las naciones americanas por una potencia europea. El desprestigio y el descrédito de los Estados que dejan de satisfacer los derechos de sus legítimos acreedores trae consigo dificultades de tal magnitud que no hay necesidad de que la intervención extranjera agrave con la opresión las calamidades transitorias de la insolvencia".

Caricatura de Cipriano Castro

Caricatura de Cipriano Castro, por W.A. Rogers, publicada en el New York Herald, enero, 1903. Castro aparece como un ganso delgado que es desplumado por el Reino Unido y Alemania, mientras son observados por el Tío Sam.

La nota argentina adquirió gran resonancia como "doctrina Drago", el entonces ministro de relaciones exteriores que la firmaba, y expresó el principio del derecho de las naciones suramericanas para crecer y desarrollarse al amparo de la ley internacional. Su repercusión suscitó en todo el continente un movimiento de adhesión a sus principios y se discutió en los parlamentos y en los congresos jurídicos.

A pesar de que John Hay, Secretario de Estado de los Estados Unidos, se limitó formalmente a acusar recibo de la “Declaración Argentina” y de que el Presidente Roosevelt emitió su propia deducción sobre la doctrina Monroe, como surge de su contenido, la declaración enviada había sido cuidadosamente elaborada por la oligarquía y representaba un cambio en la política argentina, constituyendo en algunos aspectos, un acercamiento hacia los Estados Unidos en lo que era, en efecto, un corolario económico de la Doctrina Monroe y su consolidación, fue aclamada como tal por los periódicos y líderes populares de los Estados Unidos y de Argentina y finalmente, al solucionarse la crisis venezolana y no desear ninguno de los gobiernos continuar con el tema por el momento, el asunto, fue dejado de lado.

john hay

En diciembre de 1902, el gobierno alemán le pidió a Roosevelt que arbitrara su disputa con Venezuela por deudas impagas. Hay pensó que esto no era apropiado, ya que Venezuela también le debía dinero a los EE. UU., Y rápidamente hizo los arreglos para que la Corte Internacional de Arbitraje de La Haya interviniera. Hay supuestamente, mientras se estaban resolviendo los detalles finales, "Lo tengo todo arreglado. ¡Si Teddy mantendrá la boca cerrada hasta mañana al mediodía! "


 La posición argentina, luego conocida como “Doctrina Drago”, no tuvo aplicación inmediata, hasta que finalmente, en 1907, a partir de la Conferencia de La Haya, foro que la aprobó, esta Doctrina, formulada por el canciller Drago, se convirtió en universal y que se ratificó, sin salvedad alguna en la Declaración de Solidaridad de Buenos Aires, realizada en 1936. Nació así la “Doctrina Drago”, que al decir de Charles Rousseau, constituye un hito trascendente en la trayectoria de la diplomacia internacional de nuestro país joven y digno, basada en la no intervención y la autodeterminación de los pueblos.

Esta prestigiosa trayectoria que por esta Doctrina, se le reconoce mundialmente a la diplomacia de la República Argentina, no era nueva, pues ya había nacido en la Conferencia de Washington del año 1889 y fue mantenida por más de un siglo de una política interamericana independiente prestigiada, entre otros, por cancilleres como Luis María Drago, Estanilao Zevallos, Honorio Pueyrredon, Carlos Saavedra Lamas, Enrique Ruiz Guiñazú y Miguel Angel Carcano.

Luis María Drago

Luis María Drago fue nombrado Ministro de Relaciones Exteriores en 1902, durante el gobierno de Julio Argentino Roca. Durante su estadía en la Cancillería propuso la Doctrina Drago en respuesta a las acciones bélicas de Inglaterra, Alemania e Italia, quienes impusieron el Bloqueo Naval a Venezuela de 1902-1903, para cobrar por la fuerza la gran deuda nacional que el presidente Cipriano Castro se negaba a pagar.